Cuando la disciplina pierde el límite de la dignidad

“La disciplina escolar se administrará de modo compatible con la dignidad humana del niño.” Convención sobre los Derechos del Niño

La muerte de una adolescente durante un campamento de verano en una institución denominada “militarizada” no puede considerarse únicamente una tragedia aislada. Lo sucedido en Tamaulipas obliga a revisar qué falló en la protección de la menor, en la actuación de quienes tenían su custodia y en el sistema público encargado de autorizar, supervisar y vigilar los espacios donde permanecen niñas, niños y adolescentes.

La Secretaría de Educación Pública condenó cualquier forma de maltrato, trato cruel, inhumano o degradante y advirtió que ninguna práctica violenta puede justificarse bajo el argumento de una supuesta “educación militar”. La violencia no constituye educación, disciplina ni formación del carácter. Representa una vulneración de la dignidad y de los derechos de la infancia.

Sin embargo, el pronunciamiento oficial deja una contradicción que debe ser esclarecida. La SEP afirma que no existe una modalidad de educación básica legalmente reconocida como “militar”, “militarizada” o “castrense”. Al mismo tiempo, informa que la institución involucrada recibió de la autoridad educativa de Tamaulipas una autorización bajo la denominación “militarizada” en 2005, actualizada en 2013. 

La pregunta resulta inevitable: ¿qué autorizó exactamente la autoridad estatal? ¿Únicamente la impartición de determinados estudios o también el modelo disciplinario, los campamentos, el internamiento y las actividades físicas? Una autorización académica no puede convertirse en una licencia general para desarrollar cualquier práctica dentro de una institución. Mucho menos puede emplearse para legitimar castigos, humillaciones, aislamiento, intimidación o ejercicios que pongan en peligro la integridad de los menores.

También debe investigarse quién supervisó el establecimiento durante más de veinte años, cuántas inspecciones se realizaron, qué aspectos fueron revisados y si existieron quejas anteriores. Es necesario conocer si las autoridades entrevistaron de manera confidencial a los estudiantes, verificaron dormitorios y regaderas, evaluaron los protocolos de emergencia y comprobaron la preparación de quienes ejercían funciones de instrucción y cuidado.

Las responsabilidades penales deberán establecerse mediante una investigación rigurosa, respetando el debido proceso y la presunción de inocencia. Pero evitar juicios anticipados no significa guardar silencio frente a las fallas institucionales. Debe reconstruirse lo ocurrido: qué actividad se efectuaba, quiénes estaban presentes, cuánto tiempo transcurrió antes de solicitar ayuda, qué atención recibió la menor, qué protocolos se aplicaron y qué muestran las cámaras, mensajes, bitácoras, expedientes y testimonios.

Cuando una familia entrega temporalmente a una hija o un hijo a una institución, esta asume un deber reforzado de cuidado. No solo debe impartir actividades; está obligada a proteger la vida, la salud, la integridad emocional y la dignidad de quienes se encuentran bajo su autoridad.

El caso también obliga a cuestionar una idea cultural profundamente arraigada: que la violencia puede ser aceptable cuando pretende corregir conductas. Expresiones como “formar el carácter”, “hacerlos fuertes” o “enseñar obediencia” pueden utilizarse para normalizar prácticas que constituyen maltrato.

La disciplina es necesaria. Niñas, niños y adolescentes requieren límites, hábitos, responsabilidades y consecuencias. Pero disciplina no significa sometimiento. La autoridad no debe confundirse con intimidación; la exigencia, con humillación; ni el ejercicio físico, con castigo. Una formación adecuada desarrolla responsabilidad, autocontrol y autonomía. La violencia puede producir obediencia momentánea por miedo, pero también genera silencio, indefensión, ansiedad y aceptación de la fuerza como forma de resolver los conflictos.

El riesgo aumenta en internados y campamentos, donde las personas adultas controlan horarios, alimentación, descanso, comunicación familiar y actividades físicas. Por ello, estos establecimientos deberían estar sujetos a una vigilancia reforzada. No basta con revisar documentos o instalaciones. Es indispensable evaluar los métodos disciplinarios, la capacitación del personal, los protocolos médicos y los mecanismos para denunciar abusos.

La experiencia militar, policial o deportiva tampoco equivale a preparación pedagógica. Trabajar con menores exige conocimientos sobre desarrollo infantil y adolescente, primeros auxilios, manejo de crisis, derechos humanos, disciplina no violenta y prevención de abusos.

Para evitar otra tragedia, México necesita un censo nacional de instituciones que utilicen denominaciones como “militar”, “militarizada”, “castrense” o “academia de cadetes”. La sociedad debe conocer cuántas existen, dónde operan, qué servicios ofrecen, quién las autorizó, si alojan menores y qué resultados han arrojado sus inspecciones.

También debe diferenciarse jurídicamente entre escuela, academia deportiva, campamento, internado y centro de modificación conductual. La combinación de funciones permite que la supervisión se fragmente entre autoridades educativas, sanitarias, municipales y de protección civil, sin que ninguna examine integralmente los riesgos.

Todo establecimiento que aloje menores debería contar con una licencia especial, inspecciones sorpresivas, personal certificado, revisión de antecedentes, protocolos médicos y comunicación regular con las familias. Además, cada estudiante debe disponer de un canal externo, seguro y confidencial para denunciar cualquier forma de violencia.

Las quejas tampoco pueden permanecer dispersas. Se requiere un sistema nacional de alertas que conecte a autoridades educativas, fiscalías, procuradurías de protección y comisiones de derechos humanos. Una denuncia aislada puede parecer menor; varias acusaciones sobre las mismas prácticas o personas pueden revelar un patrón.

Las familias necesitan información pública para decidir. Antes de inscribir a un menor deberían consultar las autorizaciones, antecedentes, inspecciones y sanciones del establecimiento. La publicidad y los uniformes no pueden sustituir la verificación oficial.

La reparación no debe limitarse a una eventual condena penal. La familia tiene derecho a conocer la verdad, recibir atención integral y obtener garantías de no repetición. Esto exige corregir vacíos normativos, transparentar autorizaciones y establecer una supervisión efectiva.

No necesitamos una educación sin límites. Necesitamos límites que también alcancen a quienes ejercen la autoridad. Ningún uniforme, reglamento, consentimiento familiar o discurso sobre disciplina puede colocarse por encima de los derechos de una niña, un niño o un adolescente.

La mejor manera de honrar la memoria de quien perdió la vida será transformar la indignación en verdad, justicia y prevención. Una sociedad que protege a su infancia no espera otra tragedia para revisar aquello que durante años decidió no mirar. Porque la educación es el camino…

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